ORDENANZA MUNICIPAL Nº 8376


Visto: Que para dar mayor celeridad en la ejecución de obras públicas es necesario actualizar los rangos de contratación para las mismas en cuanto a los montos dinerarios, adoptando criterios que son utilizados a nivel provincial por los organismos municipales más importantes de la provincia, permitiendo un mayor dinamismo a la economía municipal; y

Considerando: Que una de las principales herramientas con la cual cuenta el Estado Municipal para la programación, desarrollo y ejecución de obras públicas a desarrollar en ámbitos urbanos y rurales que conformar el ejido, es el eficiente manejo de los recursos financieros que posee; Que en la actualidad, teniendo en cuenta los constantes incrementos en costos de materiales necesarios para la ejecución de obras públicas, como de la mano de obra a utilizarse, sumado a los vaivenes de las economías regionales, y un proceso inflacionario, que a la fecha pese a denodados intentos del gobierno nacional, hace necesario dotar al municipio de mejores herramientas legales para agilizar la contratación a utilizarse; Que dichos procesos deberán ajustarse a márgenes legales vigentes, circunstancia para lo cual deberemos adecuar la normativa vigente, tomando como referencia parámetros económicos utilizados por el gobierno provincial y los municipios de mayor importancia económica; Que, teniendo en cuenta la existencia y vigencia de la Ley Provincial Nº 4990- (Ley de Obras Públicas), y los decretos reglamentarios dictados en consecuencia, en especial el Decreto Nº 256/2017, que regula los montos de contrataciones, es viable su utilización por parte del municipio de la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña, Chaco; Que estas herramientas permitirán dar flexibilidad a las contrataciones en cuanto a los importes y sus costos, como también dar agilidad al proceso administrativo para llevar a cabo la misma, ajustando los requisitos a cumplimentar por los proveedores estatales dentro de un solo lineamiento provincial; Que sabido es que las economías se caracterizan en la actualidad por su dinamismo, con cambios permanentes y una gran flexibilidad, atento que el estado no es un organismo aislado, y se encuentran conformando parte de un universo donde los cambios de políticas; Que este readecuación normativa, dotará a nuestra economía municipal de todas las herramientas legales para evitar cualquier perdida o perjuicio económico en detrimento de la misma; Que el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria celebrada el 20 de septiembre 2017, según consta en el Acta Nº 1519, constituido en Plenario de Comisiones (fs. 6) aprobó el Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 1 y 2 del Legajo Nº 227/17 de la Secretaría del Cuerpo, razón por la cual se sanciona la presente norma legal.-POR ELLO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PRESIDENCIA ROQUE SAENZ PEÑA-CHACO--SANCIONA CON FUERZA DEO R D E N A N Z A ARTICULO 1º: ADHERIR, en todos sus términos, a la Ley Provincial Nº 4990 (Ley de Obras Públicas) de la Provincia del Chaco, siendo esta de cumplimiento obligatorio para todo proceso de contratación que se iniciare con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza conforme la normativa civil vigente. En igual sentido se determina la adhesión a los Decretos Provinciales que determinen los montos de contrataciones a utilizarse por el Gobierno de la Provincia del Chaco y sus modificatorias. ARTÍCULO 2º: REQUERIR a la Secretaría de Economía que en todo proceso de contratación municipal anuncie la aplicación de dicha legislación en los pliegos y documental respectiva, y adopte las medidas pertinentes para su publicación a los proveedores municipales.-ARTÍCULO 3º: AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal a dictar las resoluciones municipales que fueren menester para una correcta adecuación de los importes de contratación a utilizar por el municipio, dentro de los márgenes de la Ley Nº 4990- y los decretos dictados que ajusten los montos de la misma.-ARTICULO 4º: REGISTRAR, COMUNICAR a quienes corresponda, PUBLICAR en el BOLETIN MUNICIPAL, en forma sintetizada en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia del Chaco y oportunamente ARCHIVAR.-HHM.LF. PRESIDENCIA ROQUE SAENZ PEÑA-CHACO- 21 SEPT. 2017.-


PRESIDENCIA ROQUE SAENZ PEÑA - CHACO 21/09/2017



HÉCTOR H. MARTINEZ PEDRO MANUEL EGEA SECRETARIO CONCEJO MUNICIPAL PRESIDENTE CONCEJO MUNICIPAL